LEY No. 145 DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y URBANO Y LA GESTIÓN DEL SUELO

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LEY No. 145 DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y URBANO Y LA GESTIÓN DEL SUELO
24 Noviembre 2022
Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo

 

El ordenamiento territorial y urbano, como políticas públicas, expresan en el espacio las políticas ambiental, económica, social y cultural de toda la sociedad con la cual interactúan para lograr, mediante una adecuada gestión del suelo, el desarrollo sostenible; se implementan mediante el planeamiento y el diseño físico espacial que orienta la actuación de los actores públicos y privados sobre el uso del suelo.

El ordenamiento urbano procura asentamientos humanos inclusivos, seguros,resilientes y sostenibles, en correspondencia con los procesos asociados a la urbanización y a su estructuración interna.

El suelo, en el ordenamiento territorial y urbano y su gestión, como recurso finito, se ordena y delimita para servir de soporte a la actividad agropecuaria, forestal y minera, a las edificaciones, las infraestructuras técnicas, el equipamiento y los espacios públicos o se protege de la urbanización y de actividades no afines, según su vocación…

 

LEY No. 145 DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y URBANO Y LA GESTIÓN DEL SUELO

Por: 
Carlos Alberto Álvarez González
Correo Electrónico: 
Elaboración Propia

Comentarios

Yo soy una persona con discapacidad física doble amputación suprecudila estoy jubilado y en mi municipio soy el presidente de la aclifim mi esposa y yo construimos una vivienda por esfuerzo propio en la sotea de la casa de mi suegra por la está terminada y no me dejan hacer una rampa para acceder a la vivienda madruga que es donde vivo es muy inrregular y con muchas inclinación y me dijo el doctor de planificación física que no puedo yo quiero informarme que puedo hacer estoy viviendo arquilado y no puedo pagar creo que se puede pero no hay conocimiento ni interés saludos cordiales Jorge desde madruga mayabeque

Consultamos su caso y no se pudo aceptar porque viola las regulaciones urbanisticas.

Soy médico, vivo en un medio básico del MINSAP y desde el 2016 estoy solicitando un terreno para construir mi vivienda con esfuerzos propios y tener a mis padres conmigo, aún no tengo respuesta por la Dirección de Planificación Física Municipal y la Asamblea Municipal

Aunque usted no especifica a que municipio pertenece, le informamos que la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo(DMOTU), antes Planificación Física, está en la obligación de informarle el resultado de la evaluación que hizo el Consejo de la Administración de su solicitud, independientemente de que le asignen o no el terreno. Debe dirigirse nuevamente a la DMOTU y exigir la respuesta, de no estar conforme debe dirigirse al Gobierno Municipal que es el único facultado para asignar solares para la construcción de viviendas por esfuerzo propio.

Tengo la necesidad de legalizar mi casa, según tengo entendido existe un acuerdo dentro de esta propia ley el 8574, pero al acudir los funcionarios de la oficina a mi hogar me informa q no puedo realizar el trámite debido a q mi vivienda no posee el piso, pero en el artículo 18 de dicho acuerdo expresa que el director de dicha entidad municipal posee la facultad de reconocer lo construido y dictaminar resolución del DPS una vez después q haya emitido el pago por el interesado, aún así no se me ha dado respuesta de mi caso.por favor alguien q me de respuesta. Gt

Usted debe ser más explícito, a qué oficina pertenecen los funcionarios a los que hace referencia. En caso de que pertenezcan a la Dirección de Ordenamiento Territorial y Urbanismo de su municipio, debe presentar queja ante el director de esa entidad, porque si es como relata, tiene la razón, de no estar conforme con la respuesta que reciba, debe dirigirse a Delegación de Ordenamiento Territorial y Urbanismo de su Provincia, de no solucionarse su problema puede dirigirse a Oficina de Atención a la Población de este Instituto a través del correo: mesther@inotu.gob.cu.

Vivo en un edificio de administración propia porque consta de 5 aptos el principal y 4 interior en cada piso hay 2 aptos el mio es en planta alta Por mi frente no responda a colindantes hay un área exterior k se utiliza para tender ara k se ocupa con cordeles no hay acuerdo entre los titulares k consta del apto contiguo Que debo ser En caso de multa x denuncia k debo hacer Si el inspector puede de primer momento multar o prevenir antes de multar

Aunque usred no es muy explicita le informamos que tiene que dirigirse al departamento de atención a edificios multifamiliares de la Dirección de la Vivienda de su municipo de residencia

Este decreto ley establece que aumenta el precio de los solares a un alto nivel. Me imagino que pensaron que los humildes pueden pagarlo. De no ser asi en los territorios se esta aplicando mallllllllllllll y el pueblo esta molesto.

Usted debe ser más explícito con su duda y especificar a qué Ley se refiere

Presente la queja en el departamento de atención a la población de INOTU Ciro Redondo Ciego de Ávila por la construcción de un ballin de gallos de pelea a menos de dos metros de la sala y cuartos de mi casa en la zona urbana del municipio a escasos 100 metros de la sede del PCC. Esto hace ya mas de seis meses sin recibir una respuesta, y por el contrario el director y sus inspectores han alertado a los propietarios de la vivienda vecina de los tramites que estoy realizando, actualmente se me hace casi imposible vivir y descansar en mi casa.

Su caso fue remitido a la Directora del departamento de Atención a la Población de este Instituto para que le dé el tratamiento correspondiente. Le adjunto el teléfono por donde puede comunicarse con ella.52866616

Si los 6 metros a los que hace referencia están en la propiedad del vecino, para usted tener ventanas de vista directa y aleros debe tener el consentimiento del vecino por escrito. Usted debe dirigirse a la Dirección de Ordenamiento Territorial y Urbanismo de su municipio, a solicitar una actualización de su título de propiedad para que verifique si los 6 m le corresponden por completo al vecino, en caso que así sea deberá establecer un proceso ante el tribunal por los problemas que existen entre usted y el vecino.

En la acera frente de mi casa han cementado los canteros (área verde) esto está permitido

Debe dirigirse a la Dirección de Ordenamiento Territorial y Urbanismo de su municipio a exponer el caso porque eso depende de lo que tengan establecido las Regulaciones Territoriales y Urbanísticas al respecto para la zona donde usted reside.

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