Litigios y reclamaciones en torno a solares yermos, derecho perpetuo de superficie, medidas y linderos: Resolución No. 54 / 2014 del IPF

Valorar: 
Average: 3.4 (16 votos)
To prevent automated spam submissions leave this field empty.
Resolución No. 54 / 2014 del IPF
25 Septiembre 2018
Categoría: 
Trámites

Decreto-Ley No. 322/2014

  • Cuando se produzca un conflicto en torno a solares yermos, Derecho Perpetuo de Superficie o medidas y linderos, la persona afectada promoverá el proceso por escrito ante el funcionario de Planificación Física, de  forma  breve y clara lo que se reclame,
  • los hechos y fundamentos de derecho de lo que se solicita, adjuntando los  documentos que al respecto obren en poder del reclamante,
  • y expresando cualesquiera pruebas de que intente valerse dándoselas al funcionario de Planificación Física, quien extenderá acta contentiva de la reclamación y sus fundamentos, y adjuntará los documentos que al respecto obren en poder del reclamante, aportando toda prueba de que intente valerse.

Este trámite; una vez concluido se dicta resolución resolviendo el asunto; quien no esté conforme establecerá Recurso de Apelación ante el Tribunal Provincial Popular en el término de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

Término: 60 días hábiles.

Comentarios

Hola mi esposo lleva viviendo 18 años en un último cuarto de la casa de su papá la cual el papá la adquirió por caso social x su hijo enfermo. Y él hizo a partir de ese cuarto una ampliación y ahora su papá está haciendo lo posible x sacar a su hijo de del cuarto y desbaratar todo lo que él tiene ahí. Solo a base de mentiras y engaños tiene a los de planificación física.Se que debo dirigirme a un abogado pero el tendra algún derecho sobre la casa

Como usted plantea ya solicitó servicios de abogado esa es la vía para reclamar sus derechos

Si tengo un pasillo en la casa d un metro que con un muro divisor para la casa de arlado puedo construir una escalera entre el muro i mi casa el pasillo lo tengo en propiedad .

Puede construir siempre que pida autorización en la Dirección Municipal de Planificación Física para que no viole regulaciones urbanas

Saludos. Mi hermano adquirio un terreno que pidio al estado porque era terreno de nadie. Le dieron licencias de construccion y otros papeles que le acreditan que el es dueño.construyo los cimientos de tres cuerto un baño rustico y una cocina sin terminar. Como vino la covid.no pudo terminar la construcción pra poder obtener la propiedad. Como tenias algunos materiales como juegos de baños.losas y muchos mas. Decidio meter un amigo a cudarlo. Ese amigo robo todo sin dejar nada. Mi hermano tiene una compañera de vida que le pidio metieras en la casa a una amiga que andavas en la calle. Y mi hermano por lastima cedio.ya esa muner lleva 1años y meses.mi hermano le pidio les entregue su terreno con su casa en construcción y no quiso salir.fue a planificación fisica y le dieron 72 horas para que saliera del terreno. Pero los de planificavion la asesoraron de que si queria no saliera y comensara el proceso de litijio. Nos indicaron buscar un abogado.mi pregunta es.Si la mandan a salir es porq no tienes derecho. Entonces porque mi hermano no puedes ir a vivir a su terreno y seguir su construcción .y porque ella puedes seguir ahí si mi hermano nacesita su casa. Hoy 18.3.2022 fue que le dieron las 72 hora para salir.que debemos hacer.yo soy su hermana. Y mi hermano entro en Estado deprimido. Ya hemos ido. A Planificación. bufetes y no nos dijeron que no podemos entrar al terreno. Necesitamos una respuesta. Saludos cordiales

Si le dieron 72 horas para salir entonces debe esperar, si es propietario puede nombrar abogado en Bufete Colectivo de su elección

Saludos. Mi difunto padre habia adquirido hace unos años un solar yermo, el cual pagó en conjunto con otro compañero. Según él, cada uno tenía la misma copia del contrato con los respectivos nombre. Construiría uno abajo y el otro arriba. Mi pádre se hizo moroso y nunca llevo a cabo una construcción en la placa de esa casa ya terminada del otro compañero. Soy unica hija, quiero saber que posibilidades tengo sobre esa superficie.

Si tiene los documentos debe establecer proceso de declaratoria de herederos y despues continuar el trámite, no conozco en que momento sele otorgó esa documentación, para saber si fue antes o despues del traspaso de funciones

¿Qué implica que se haya atorgado antes del traspaso de funciones?¿qué significa el cambio de funciones?

El traspaso de funciones fue antes de implementarse el Decreto 322/14, por ejemplo las licencias de construcción las emitia la antigua UMIV, a partir de esa fecha son emitidas por la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo antiguamente Planificación Física.

La resolucion es de 1989...

No está completa la pregunta

Yo no tengo propiedad lo que tengo es un su fruto pero en el mismo ASE referencia que mi salida es por el pasillo saliendo por el frente.Los vecinos que quedan al lado del pasillo dicen que es de ellos que posibilidad tiene ellos que el pasillo sea de ellos aunque tengan salida por su frente

Puede establecer proceso de impugnación de propiedad con todos los elementos que tiene, para eso contrate abogado en Bufete Colectivo de su elección.

Hola necesito hacer una consulta, estoy por adquirir una propiedad mediante compra venta, en la misma dice las medidas y linderos de la casa la cual linda con solares yermo a los lados y atrás, pero todo esta cercado dándole utilidad para siembra y otras actividades, son unos 2000m estimo, además tiene la antigua propiedad que era de el padre del actual propietario, la misma dice que se le otorgaron esas tierras en usufructo permanente, mi pregunta es, cuando yo adquiera la propiedad puedo tener algún litigio o reclamación de el terreno, recalcar que a los alrededores tiene otras casas con terrenos ni empresas ni nada estatal. Gracias

Cuando usted compre la casa es propietario de lo que dice su propiedad, el otro terreno puede estar inscripto a favor del estado y en el momento que lo necesite puede hacer uso del mismo.

Hola,quisiera me dieran respuesta a mi inquietud... Soy propietaria de una vivienda la misma es una edificacion antigua de conatruccion de 1901,muy antigua,en la propiedadactualtiene medicion de linderos donde entra una antigua casilla q no funciona hace muchos años como tal,y esa casilla pertenece a mi vivienda porq tengo puerta acceso a el,pero ademas esta dentro de mis linderos y no me lo estan resperando el planificacion,diciendo q es estatal pero esta en mi ñropiedad,necesito me ayuden con esto por favor,que debo hacer??

Es necesario saber si la propiedad está actualizada , si está actualizada y la casilla está dentro de los límites, tienen que demostrarle que tiene otro dueño. Le pregunto, en la propiedad antigua existía la casiila o no.Usted pudiera escribir al correo de atención a la población para intercambiar, mesther@inotu.gob.cu

Hola,mi pregunta es la sgte cuando intervinieron los negocios y locales en el año 1961,debe existir por escrito la division de ese local ? Y automaticamente no debe aparecer en la propiedad actual ni como medida en los linderos?

En comunicación anterior le respondí que escribiera al correo de atención a la población de mesther@inotu.gob.cu

Necesito dar solución a mi escalera que está en peligro de derrumbe y quiero hacer una nueva pero el vecino de al lado que no es propietario legal de la vivienda no me permite hacerla

Para hacer la escalera debe tener autorizo y si lo tiene nadie puede impedirselo

pues necesito conocer sobre un tema o en que ley puedo consultar esta es la situación: Es posible que un vecino pueda verter aguas para otro patios por mediación de desagues directos, en caso de cerrarle los desagues ya que afectan a otro ciudadano o domicilio que ley estaría violando o resolución.

El vecino no puede verter aguas para otros patios, percibo que tienen un conflicto derivado de relaciones de vecindad, por lo que considero que deben contratar abogado en Bufete Colectivo para que establezcan dicho proceso

Necesito q me expliquen haber..me llamo yuri Noa Escribo como representante de mi hija q perdió su padre. El padre de mi hija de 9 años tiene una vivienda en un segundo piso. Y le compro a la vecina de abajo la parte lateral derecho de su vivienda. Ese vecina vendió su vivienda y los compradores aceptaron comprar la vivienda con esa parte del terreno vendido. Y el padre de mi niña nunca legalizó ese terreno donde lo tenía como un garaje y más... El padre de mi niña falleció de cáncer y la niña es su única hija y es su heredera y a los 3 días de haber enterrado al padre los vecinos quitaron la cerca q había alegando q ese terreno es de ellos. Todos los vecinos del barrio presidentes de cdr y más saben que desde el 2010 el padre de mi hija compró eso lo q no se hiso con un abogado. MI pregunta esas personas tienen derecho a ese terreno pasado 17.. Como se pudiera legalizar ese terreno.. Donde podría dirigirme para ver esa situación.

Si lo tienen en propiedad si, de lo contrario usted debe hacer eclaratoria de herederos y a paryir de la adjudicación establecer un litigio de medidas y linderos

Buenas noches. Mi padre adquirió una propiedad en 2019 y dentro del título se encuentra un pequeño pasillo de 60 CM, más bien es la distancia del alero más unos centímetros. La vecina del fondo de la casa colindante está reclamandolo como su vía de acceso. La OTU tiene la facultad de quitarle el pasillo de la propiedad de mi padre para otorgarselo a ella? El título está actualizado y registrado. Saludos

Una empresa estatal promueve ante el inotu una acción de actualización de medidas y linderos de su terreno que colinda con mi terreno, yo soy una persona natural. Y el inotu dicta dictamen con el que no estoy de acuerdo, a quien puedo reclamar?

Debe reclamar ante la Dirección Municipal de Ordenamiento , solicite una entrevista con la directora(o)

Buenos dias. Necesito conocer si las DMOTU tienen la potestad de otorgar parte de mi propiedad a otra persona. Saludos

Las Delegaciones Provinciales, ni las Direcciones Municipales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, están facultadas para impugnar un título de propiedad, eso es facultad del Tribunal Popular.

Mi propiedad tiene un área total mayor a la construida y ocupada dicha diferencia esta a continuación de la terraza.¿ si yo cierro la terraza? pierdo derecho a esta área a pesar de estar dentro de mi área total.

La terraza a la que hace referencia forma parte de su vivienda, la cual está incluida dentro del área total del terreno, que posee en propiedad, el área que está a continuación de la terraza debe ser el patio de su casa, por tanto, al cerrar la terraza no afecta en nada esa área, para su conocimiento le informamos que usted nunca pierde el derecho sobre el área que posee en propiedad a menos que la transfiera a otra persona

Como se que un solar yermo es de mi propiedad

Aunque usted no es muy explícita, le informamos que para una persona ser propietario de un solar yermo debe tener la titularidad del mismo, ya sea una Resolución de Derecho Perpetuo de Superficie porque le fue entregado por el estado para la construcción de una vivienda por esfuerzo propio o título de propiedad en el caso de los que son privados o sea propiedad de una persona natural.

mi casa esta en construccion y producto al desnivel del terreno tuve que ejecutar un sistema de columnas y vigas en la parte tracera de la casa para lograr emparejar el nivel de la casa, esa area que queda debajo de mi casa, entre las columnas, que es terreno natural, se considera superficie ocupada, aun cuando no tiene piso ni nada construido entre las columnas

Esa área forma parte del área ocupada de su vivienda, porque según lo que usted refiere, una parte de la casa se construyó sobre ella, lo que no puede considerarse como un área ocupada adicional, aunque usted pueda acondicionarla para darle un uso determinado.

Estuve en una unión matrimonial no formalizada durante 10 años y la persona que estaba conmigo se fue de la casa hace 2 meses y tenía un dps a su nombre el cual salió a su nombre un resolución de dps de propiedad de superficie de terreno la cual la mandé yo hacer a nombre de los dos y la puso su nombre. Y ahora no me quiere incluir en ella porque ya no está conmigo necesito saber que debo hacer nosotros construimos la casa sin licencia de construcción porque ella solo le dieron eso pero no siguió con los trámites correspondientes para poder resivir beneficios de esa resolución ella no vive ya aquí conmigo hace 2 meses y no me quiere incluir en esa resolución

Usted debe contratar un abogado de Bufete Colectivo para establecer proceso ante el Tribunal para impugnar esa Resolución.

Añadir nuevo comentario

CAPTCHA de imagen
Entre los caracteres que se muestran en la imagen.