Asignación de terrenos estatales: Resoluciones No. 54 y 55 /2014 del IPF
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Resoluciones No. 54 y 55/14 del IPF
24 Septiembre 2018
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Trámites
- Las personas que desean construir una vivienda pero no cuentan con un solar para ello, deben presentarse en la Dirección de Planificación Física de su Municipio y entregar un escrito de solicitud y su fundamentación, nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar y declaración jurada de que no posee otra vivienda ni sea superficiario de un solar para construir una vivienda por esfuerzo propio.
- La Dirección Municipal de Planificación Física eleva la solicitud al Consejo de Administración Municipal que es quien la aprueba mediante Acuerdo. Con el Acuerdo del Consejo de Administración Municipal, el o los beneficiados, realizan el pago por concepto de terreno, en la sucursal bancaria del lugar donde se encuentre este.
Término: 60 días para el pago del solar en la sucursal bancaria.
Después la persona beneficiada presenta en la Dirección Municipal de Planificación Física el comprobante de pago del solar para obtener la Resolución que reconoce el Derecho Perpetuo de Superficie.
Término: 50 días hábiles a partir de la presentación del comprobante bancario.
Los solares a entregar tendrán una dimensión entre 80 y 150 m2.
Comentarios
Soy trabajadora de ETECSA
Respuesta del Departamento de Atención a la Población
Soy Madre soltera sin vivienda
Departamento de Atención Población
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